Pertenecer al popular fichero de ASNEF suele ocasionar grandes consecuencias en torno al futuro financiero no solo de una persona particular, sino también de cualquier empresa.
No obstante, esto no se trata de una situación irrevocable, y tras cierto periodo de tiempo posee fecha de caducidad.
De modo que, contrario a lo que muchos pueden pensar, las listas ASNEF no deben suponer un dolor de cabeza, ya que mientras para algunas personas o empresas la solución sería pagar sus deudas, para otras puede haber diversas alternativas, por ejemplo, el tiempo de caducidad.
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¿Cuáles son las deudas que podrían generar la inclusión en ASNEF?
La introducción dentro de este fichero únicamente puede ser impulsada por aquellas empresas que pertenecen a ASNEF, por lo que en realidad la inclusión suele realizarse prácticamente de forma automática, debido a que sus registros se encuentran vinculados entre sí.
Sin embargo, a fin de que logren proceder, es necesario que la deuda cumpla con algunos requisitos, por ejemplo:
- Consistir en una cierta y legítima deuda.
- La deuda debe encontrarse vencida y en consecuencia, será posible exigir su pago.
- La deuda tiene que estar en estado de impago.
- La entidad acreedora tiene que haber exigido el pago de la deuda a los deudores, por lo menos, en una ocasión.
- Cuando sin importar la exigencia de la entidad acreedora en torno al pago, los deudores no lo realizaran.
- Debe ser una deuda correspondiente a los últimos 6 años.
Cabe señalar, además, que un error muy habitual consiste en creer que dentro de ASNEF únicamente suelen inscribirse aquellas deudas que son de gran cuantía, pero en realidad no hay un límite mínimo establecido en cuanto a las deudas a la hora de ingresar a estos listados.
¿En qué consiste la prescripción de alguna deuda?
La prescripción de una deuda es algo que ocurre una vez que vence el paso de tiempo aplicado para su devolución, de acuerdo a cada clase de deuda en específico, lo que quiere decir que tras dicho período de tiempo, los adeudores no podrán ser reclamados.
Dicho de otro modo, las deudas prescritas podrían explicarse como si se trataran de una vieja deuda la cual no fue reconocida dentro de un periodo de tiempo de 5 años aproximadamente, de acuerdo al tipo de deuda.
¿En qué momento prescriben las deudas de ASNEF?
Para poder responder es preciso tomar en cuenta que aquello que prescribe en realidad, consiste en el tiempo durante el cual los datos de los deudores se mantienen dentro del fichero.
Así que en aquellos casos en los que no es posible pagar las deudas, el periodo de tiempo máximo durante el cual los datos se mantendrán inscritos dentro de las listas ASNEF, suele ser de 6 años. Aunque si necesitas dinero y tu banco no te ofrece ninguna ayuda porque te encuentras en ASNEF, puedes pedir préstamos con ASNEF a empresas privadas especializadas en estos tipos de préstamos.
En cualquier caso, existen ocasiones donde dicho periodo de tiempo podría incluso llegar a duplicarse, por ejemplo, cuando ocurre algún cambio de acreedor en las deudas; así, si esto sucediera, el periodo de 6 años comenzará a contar desde cero a partir del momento en que se lleve a cabo el cambio de acreedor.
Asimismo, hay que decir que dicho periodo podría variar igualmente de acuerdo a si la deuda prescribe o no y en este sentido, aquellas deudas hipotecarias que fueron adquiridas previamente al año 2015 podrían contar con prescripciones que aproximadas entre 5-20 años.
Por su parte, en aquellos casos donde las deudas prescriban antes de que el periodo de 6 años del fichero caduque, los datos de los deudores tendrán que ser eliminados igualmente del registro.
De cualquier manera, conviene tener en cuenta cuáles son los periodos de tiempo que se manejan generalmente, por eso los señalamos a continuación:
- Las hipotecas suelen prescribir después de 20 años.
- Las deudas personales suelen prescribir tras un periodo máximo de hasta 15 años.
- Tanto las pensiones alimenticias como los pagos periódicos (incluyendo el alquiler de fincas urbanas o rurales, etc.) normalmente prescriben después de 5 años.
- Las deudas tributarias prescriben, por lo general, después de 4 años.
- Las deudas producidas por los pagos por servicios profesionales independientes (por ejemplo, a algún administrador o abogado, entre otros) prescriben tras 3 años.
- Las deudas por reparación de daños (es decir, las generadas por negligencia) suelen prescribir después de 1 año.
¿Es posible salir de los ficheros antes del cumplimiento de los 6 años?
Hay algunas excepciones donde se puede lograr salir de los ficheros ASNEF antes de que se cumplan los 6 años; sin embargo, se trata de casos que deben ser estudiados a fondo y por lo general, se deben a causas específicas, por ejemplo, errores relativos a la deuda, alguna notificación de carácter defectuoso, diversas imprecisiones y defectos, etc.
En estos casos, resulta aconsejable acudir a asesores profesionales, a fin de limitar tanto las consecuencias como el impacto económico que se genera al aparecer dentro del registro de morosos, por lo que realizarlo tan rápido como sea posible, resulta esencial con el propósito de salvaguardar la reputación financiera.